DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA Y RESTRICCIÓN A LA MOVILIDAD

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DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA Y RESTRICCIÓN A LA MOVILIDAD

25/10/2020

El Consejo de Ministros ha aprobado en la mañana de hoy domingo 25 de octubre, la declaración de un nuevo estado de alarma a consecuencia de la crisis sanitaria del Covid.
Los principales detalles del mismo son:
-Se establece una restricción de la movilidad nocturna entre las 23.00 horas y las 06.00 horas; durante esta franja horaria quedará prohibida la libre circulación de personas en toda España, salvo por la causas especificadas en la norma (comprar medicamentos, ir al trabajo, regresar al domicilio, cuidar a mayores o menores, ir a centros educativos). La Junta de Andalucía podrá modular la hora de inicio y finalización de esta limitación.
-Estarán permitidas las reuniones sociales y familiares siempre que se produzcan dentro de las franjas horarias permitidas y que no se exceda el máximo de 6 personas (salvo en casos de convivientes). La Junta de Andalucía podrá regular este límite de personas.
-Las comunidades autónomas podrán limitar la entrada y salida de sus territorio, es decir, el cierre perimetral del conjunto de la región o una parte de su territorio, aunque habrá también excepciones como asistencia a centros sanitarios, acudir a centros educativos o razones labores, entre otras.
Para la aplicación efectiva de estas medidas, se requiere su publicación tanto en el BOE (medidas generales) como en el BOJA (medidas en Andalucía).