Nuevas medidas de prevención aprobadas por el gobierno andaluz para reducir los riesgos de propagación del Covid-19

mascarillas

Nuevas medidas de prevención aprobadas por el gobierno andaluz para reducir los riesgos de propagación del Covid-19

30/07/2020

El Gobierno andaluz ha adoptado nuevas medidas de prevención en materia de salud pública, propuestas por salud pública y pactada tanto con el sector como con los alcaldes de las ocho capitales de provincias.
 
SE PROHIBEN LOS BOTELLONES, declarados por la Ley de Salud Pública como actividad insalubre, nociva y peligrosa.
 
MEDIDAS PARA ESTABLECIMIENTOS DE ESPARCIMIENTO CERRADOS:
- Se prohíbe la participación en cualquier agrupación a reunión de carácter privado o no regulado de más de 15 personas que tengan lugar en espacios públicos, ajenos a los establecimientos de hostelería a similares en la vía pública y en otros lugares de tránsito, y serán considerados como situaciones de insalubridad.
- Se reduce al 40% el aforo de establecimientos de esparcimiento cerrados, distribuidos en mesas o agrupaciones de mesas.
- Garantizar la higienización de las manos de los clientes y la toma de temperatura: Los establecimientos deberán garantizar la higienización de las manos de los clientes a la entrada de los establecimientos, la toma de temperatura y disponer de cartelería en las puertas y en el interior de los locales recordando el uso obligatorio de mascarillas.
- Implantar sistemas de identificación de las personas que accedan al local, con mecanismos que permitan el rastreo y localización en caso de ser necesario.
- Sentados en mesas y con un máximo de 12 personas por mesa. No se podrá estar de pie en los establecimientos cerrados. Los asistentes a estos establecimientos estarán sentados en mesas o agrupaciones de éstas con un máximo de 12 personas en cada una.
- Dos metros de distancia de seguridad entre cada una de las mesas.
- Acompañamiento de cada cliente a la mesa que les haya sido asignada.
- Queda prohibida la venta y consumo en barras.
- Solo se atenderá en mesa, con distancia de seguridad de 2 metros.
- Controladores de sala, a cargo de la empresa, que vigilen el cumplimiento de las normas.
- Control de la limpieza de los servicios, que deberán ser limpiados máximo cada hora.
- Apertura máxima hasta las 5.00 horas
 
MEDIDAS EN TERRAZAS AL AIRE LIBRE:
- Aforo limitado al 75 por ciento, en mesas o agrupaciones de mesa con ocupación máxima de 12 personas por mesa.
- Aforo de los pub: al 60 por ciento máximo.
- No se permite el uso compartido de dispositivos de inhaladores de tabaco, pipas de agua, cachimbas, o asimilados en cualquier tipo de establecimiento abierto al público.
 
MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA:
- No se podrá superar el 75 % del aforo máximo para consumir en el interior del local.
- Ocupación máxima de 12 personas por mesa o agrupación de mesa.
 
EN LOS AUTOSERVICIOS:
- Los clientes no podrán manipular directamente los productos, o se establecerán sistemas que impidan que dicha manipulación pueda contaminar los alimentos, o los elementos de contacto y uso común.
- No se permite el autoservicio en barra por parte del cliente.
- Cartelería informativa visible en accesos de establecimientos, o en zonas de autoservicio, sobre buenas prácticas a seguir.
 
EN LOS BUFFET:
- Geles hidroalcohólicos o desinfectantes viricidas autorizados.
- Guantes desechables.
- Información visible de las buenas prácticas a seguir por la clientela.
- Marcaje de los circuitos de autoservicio que permitan la distancia de seguridad.
- Papeleras a la salida para depósito de guantes desechables.
- Uso obligatorio de mascarillas.
- Desinfección, como máximo cada media hora, de elementos de servicio y, en su caso, de puntos de contacto de las máquinas de bebidas de autoservicio.